Negligencia Obstétrica
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Negligencia Obstétrica

La obstetricia es un área de alto riesgo en la que las decisiones médicas deben ajustarse estrictamente a la lex artis para proteger a la madre y al bebé. No todo resultado desfavorable en el parto implica negligencia.

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El control del embarazo y del parto exige una monitorización adecuada del bienestar fetal y materno, una correcta interpretación de los registros y una respuesta proporcional ante los signos de sufrimiento. La lex artis se concreta en protocolos de monitorización, inducción, uso de instrumental y decisión de cesárea.

La posible negligencia se analiza caso por caso: retrasos injustificados en indicar una cesárea urgente, uso inadecuado de fórceps o ventosa, falta de actuación ante signos de hipoxia fetal o defectos en la atención a la madre durante el posparto.

Las secuelas pueden afectar al recién nacido (parálisis cerebral infantil, lesiones del plexo braquial, hipoxia neonatal) o a la madre (desgarros graves no reparados, hemorragias, secuelas funcionales), pero solo serán indemnizables cuando se acredite un apartamiento de la lex artis y un nexo causal claro.

Casos que atendemos

Registro cardiotocográfico con signos compatibles con sufrimiento fetal mantenido sin respuesta adecuada
Retraso injustificado en la realización de cesárea de urgencia
Uso inadecuado de fórceps o ventosa con lesiones evidentes en el recién nacido
Ausencia de monitorización adecuada durante el trabajo de parto
Lesiones del plexo braquial compatibles con maniobras incorrectas ante una distocia de hombros
Desgarros graves o complicaciones maternas sin adecuada valoración ni tratamiento

Preguntas Frecuentes

Mediante un estudio detallado de la historia obstétrica, los registros de monitorización fetal, los tiempos de actuación y las decisiones adoptadas. El perito analiza si se siguieron los protocolos y si hubo retrasos o maniobras inadecuadas que expliquen el daño.

En general, los plazos de prescripción por daños a menores comienzan a computar desde su mayoría de edad, aunque es recomendable iniciar el estudio pericial cuanto antes para preservar la documentación y las pruebas.

Sí. La madre puede reclamar de forma independiente por los daños físicos y psicológicos sufridos durante el parto o el posparto, siempre que se acredite que derivan de una actuación contraria a la lex artis.

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